Mediante el Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2025, se actualizó la cantidad prevista en el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación para determinar la obligación de presentar el dictamen de estados financieros para efectos fiscales.
En consecuencia, estarán obligadas a presentar el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio 2026 las personas morales que en el ejercicio 2025 hayan declarado ingresos acumulables iguales o superiores a $2,013,710,870.00, así como aquellas cuyas acciones se encuentren colocadas entre el gran público inversionista en bolsa de valores.
Actualización del monto para dictamen fiscal del ejercicio 2026
Por otra parte, las personas morales y las personas físicas con actividades empresariales podrán optar por presentar el dictamen fiscal cuando en el ejercicio inmediato anterior se ubiquen en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Ingresos acumulables superiores a $157,785,270.00.
- Valor de sus activos superior a $124,650,380.00.
- Haber contado con 300 o más trabajadores en cada mes del ejercicio.
La presentación voluntaria del dictamen fiscal continúa siendo una alternativa que permite fortalecer la certeza respecto del cumplimiento de las obligaciones tributarias, además de proporcionar a los usuarios de la información financiera un mayor grado de confianza sobre la situación fiscal de la entidad.
Es importante que los contribuyentes evalúen oportunamente si se encuentran obligados o si les resulta conveniente ejercer la opción de dictaminarse, a fin de planear adecuadamente los trabajos de auditoría y cumplir en tiempo con la fecha límite de presentación, la cual se realiza a través del SIPRED ante el SAT.
Fundamento legal
- Artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación.
- Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.
- Reglas aplicables de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
AUDICED Servicios Profesionales, S.C. pone a disposición de sus clientes el servicio de revisión previa de elegibilidad para dictamen fiscal, así como la planeación y ejecución de auditorías para efectos fiscales conforme a las disposiciones vigentes del SAT y las Normas Internacionales de Auditoría aplicables.
