Catálogo de formas de pago SAT explicado
Definición que se buscaron para cada una de las formas de pago del catálogo del Anexo 20, ya que aún existen dudas de como utilizar las demás formas de pago (excepto las primeras 4).
En algunos casos, la definición se extrajo del Código Civil Federal, Banco de México e incluso del Diccionario de la Real Academia Española, buscando dar una explicación más clara de lo que significa el concepto de la forma de pago.
| Forma de pago | Concepto | Descripción | ¿Cuándo se usa? | Fundamento |
| 01 | Efectivo | Dicho del dinero: En monedas o billetes. | Cuando el pago se realiza en efectivo en el establecimiento | DRAE |
| 02 | Cheque nominativo | Título de crédito expedido a cargo de una institución de crédito | Cuando la persona que paga emite cheque al beneficiario | Art. 175 LGTYOC |
| 03 | Transferencia electrónica de fondos | Es el servicio que permite realizar pagos entre clientes de distintos bancos, mediante transferencias electrónicas de fondos. | Cuando se liquida con transferencia electrónica de banco a banco sin que importe sea del mismo banco | Banxico |
| 04 | Tarjeta de crédito | Tarjeta electrónica emitida por bancos, grandes almacenes y otras entidades, que permite a su titular el pago sin dinero en efectivo o el acceso al cajero automático. | Cuando se realiza el pago con tarjeta de crédito se especifica la terminación de la tarjeta | DRAE |
| 05 | Monedero electrónico | Una tarjeta prepagada multifunción recargable que puede ser utilizada para pequeños pagos minoristas en sustitución de las monedas. Véase tarjeta prepago multifunción. | Cuando se liquida con monederos autorizados por SAT | Banxico |
| 06 | Dinero electrónico | Valor almacenado de forma electrónica en dispositivos tales como una tarjeta chip o un disco duro en un ordenador personal. | Cuando se liquida con capital almacenado en hardware | Banxico |
| 08 | Vales de despensa | Bono o tarjeta que sirve para adquirir comestibles u otros artículos. | Cuando se liquida con vales de los cuales el contribuyente es acreedor por parte de la empresa | DRAE |
| 12 | Dación en pago | La obligación queda extinguida cuando el acreedor recibe en pago una cosa distinta en lugar de la debida. | Cuando se liquida por medio de un bien (carro, casa) sobre lo que se ha adquirido deuda | Articulo 2095 CCF |
| 13 | Pago por subrogación | La subrogación se verifica por ministerio de la ley y sin necesidad de declaración alguna de los interesados: I. Cuando el que es acreedor paga a otro Acreedor preferente; II. Cuando el que paga tiene interés jurídico en el cumplimiento de la obligación; III. Cuando un heredero paga con sus bienes propios alguna deuda de la herencia; IV. Cuando el que adquiere un inmueble paga a un acreedor que tiene sobre él un crédito hipotecario anterior a la adquisición. | Cuando hay transmisión de los derechos del acreedor a otra persona que se subroga en sus derechos por pagarle | Articulo 2058 CCF |
| 14 | Pago por consignación | Si el acreedor rehusare sin justa causa recibir la prestación debida, o dar el documento justificativo de pago, o si fuere persona incierta o incapaz de recibir, podrá el deudor librarse de la obligación haciendo consignación de la cosa. | Cuando se liquida por medio de un tribunal correspondiente, el juez finaliza la acción | Articulo 2098 CCF |
| 15 | Condonación | La condonación de la deuda principal extinguirá las obligaciones accesorias; pero la de éstas dejan subsistente la primera. | Cuando la deuda es perdonada | Articulo 2210 CCF |
| 17 | Compensación | Tiene lugar la compensación cuando dos personas reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y por su propio derecho. | Cuando tanto el deudor como el acreedor tienen la misma obligación de pago | Articulo 2185 CCF |
| 23 | Novación | Hay novación de contrato cuando las partes en él interesadas lo alteran substancialmente substituyendo una obligación nueva a la antigua. | Cuando la obligación inicial cambia | Articulo 2213 CCF |
| 24 | Confusión | La obligación se extingue por confusión cuando las calidades de acreedor y deudor se reúnen en una misma persona. La obligación renace si la confusión cesa. | Cuando la misma persona es deudora y acreedora | Articulo 2206 CCF |
| 25 | Remisión de deuda | Cualquiera puede renunciar su derecho y remitir, en todo o en parte, las prestaciones que le son debidas, excepto en aquellos casos en que la ley lo prohíbe. | Cuando se renuncia a sus derechos para recibir un pago o prestación | Articulo 2209 CCF |
| 26 | Prescripción o caducidad | Prescripción es un medio de adquirir bienes o de librarse de obligaciones, mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley. | Cuando después de un determinado tiempo por ley no procede el pago | Articulo 1135 CCF |
| 27 | A satisfacción del acreedor | Cuando el acreedor en convenio con el deudor firma de no pago | ||
| 28 | Tarjeta de débito | Tarjeta electrónica mediante la cual el importe de la operación realizada con ella se carga inmediatamente en la cuenta bancaria del titular. | Cuando pagan con tarjeta que sin importar qué institución sea la tarjeta debe tener fondos | DRAE |
| 29 | Tarjeta de servicios | Para los efectos de los artículos 29-A, fracción VII, inciso c) y 32-E del CFF, las tarjetas de servicio son aquéllas emitidas por empresas comerciales no bancarias en términos de las disposiciones que al efecto expida el Banco de México. | Cuando pagan con tarjeta de crédito revolvente mientras que la tarjeta sea emitida por el sistema financiero de México | |
| 30 | Aplicación de anticipos | Cuando son pagos anticipados, los cuales deben verse reflejados en el complemento de factura | ||
| 31 | Intermediario pagos | Forma de pago usando gestores de pagos | Cuando una tercera persona realiza el pago | Regla 2.7.1.37 RMF 2018 |
| 99 | Por definir | Cuando no se ha recibido el pago de la factura | ||
Abreviaturas
DRAE.- Diccionario de la Real Academia Española
CCF.- Código Civil Federal
Banxico.- Banco de México
LGTYOC.- Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Esperamos que esta guía les sirva para el llenado del CFDI, y evitar errores por discrepancia fiscal ante el fisco.
